En España, más de 4 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad. Las ayudas en hipotecas para discapacitados, sin embargo, no están disponibles de manera específica, ya que en este momento no existen programas que faciliten el acceso a hipotecas directamente.
Lo que sí existe son beneficios concretos, como deducciones fiscales en la compraventa de viviendas o ayudas para el alquiler, a los que las personas con discapacidad pueden optar si cumplen ciertos requisitos. A continuación, te explicamos en detalle cuál es la situación en nuestro país y los beneficios a los que puedes acceder.
Situación de las ayudas en hipotecas para discapacitados en España
La decisión de conceder o no una hipoteca, así como las condiciones en que se ofrece, corresponde siempre a las entidades financieras, que son empresas privadas. Son los bancos quienes deciden los términos y condiciones de los préstamos hipotecarios que otorgan.
Las entidades financieras no tienen ninguna obligación ni requerimiento legal de conceder hipotecas con condiciones especiales a las personas con discapacidad.
Además, la Nueva Ley Hipotecaria establece que el cliente sólo tiene que pagar los gastos de tasación y copia simple de la escritura, por lo que no hay lugar a que se ofrezcan numerosas ayudas de tipo fiscal.
Pero no todo es negativo: aunque propiamente no existan ayudas en hipotecas para discapacitados, sí hay programas de ayudas de vivienda en caso de discapacidad, que facilitan a estas personas la compraventa, rehabilitación y alquiler de inmuebles.
Ayudas fiscales en compra de vivienda
Las exenciones fiscales son una ayuda fundamental para las personas con discapacidad que buscan adquirir su vivienda habitual.
La Agencia Tributaria permite a las personas con discapacidad deducir el 5% de las cantidades entregadas si cumplen estas condiciones:
- Discapacidad física o sensorial de al menos un 65%.
- Discapacidad psíquica de al menos un 33%.
- Cuando la incapacidad se declare judicialmente, aunque no se alcancen dichos grados.
Para acreditar la discapacidad, basta con presentar el certificado expedido por el organismo competente, en el que consta el reconocimiento de dicha discapacidad.
Además, esta deducción no excluye la posibilidad de acceder a otras ventajas añadidas: por ejemplo, las que pueden disfrutar los menores de 35 años que van a adquirir su primera vivienda habitual.
Ayudas en compra de vivienda usada
La compra de una vivienda usada supone que el comprador debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la comunidad autónoma donde se halle situado el inmueble.
En este caso, existe para las personas con discapacidad una reducción en el impuesto de transmisiones patrimoniales por minusvalía.
Concretamente, se aplica un tipo impositivo reducido del 3,5% a las personas con discapacidad oficialmente reconocida de al menos un 33%.
Hay dos requisitos para poder acceder a esta ventaja:
- Que el valor del inmueble no supere los 130.000 euros.
- Que el inmueble se destine a vivienda habitual del adquirente.
Viviendas de protección oficial para discapacitados
Dentro de los planes de viviendas de protección oficial, existe una reserva de viviendas para personas con discapacidad.
El porcentaje de viviendas de protección oficial que se reservan varía de unas comunidades autónomas a otras, pero suele situarse en torno a un 3% de las promociones en régimen de compraventa.
Además, se trata de viviendas más grandes: los inmuebles para personas con discapacidad tienen más metros cuadrados.
Otro aspecto importante es que las personas con discapacidad pueden comprar vivienda protegida y pagar solo un 4% de IVA. La diferencia es notable: cuando una persona con discapacidad compra una vivienda que no es de protección oficial, no tiene ventaja alguna, debiendo pagar el mismo 10% de IVA que cualquier otra persona.
Para obtener esta ayuda, la persona no debe tener ninguna otra vivienda en propiedad, y la vivienda de protección oficial que adquiere deberá ser su residencia habitual.
Ayudas para la adaptación de la vivienda
Una de las principales necesidades que pueden llegar a tener las personas con discapacidad, es la de adaptar su vivienda para mejorar la accesibilidad de la misma. Por ejemplo, para facilitar el tránsito con silla de ruedas.
Según el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) “es obligatorio realizar reformas de accesibilidad en las comunidades de vecinos cuando en ellas vivan o trabajen personas con discapacidad, movilidad reducida o mayores de 70 años.”.
Las ayudas económicas para la adaptación de la vivienda (ya sea unifamiliar o dentro de un edificio o comunidad de vecinos) dependen del grado de discapacidad que se pueda acreditar. La cuantía varía de unas comunidades autónomas, pero en algunas pueden ascender hasta los 24.000 euros.
Ayudas para el alquiler de viviendas
Hasta ahora, hemos comentado la falta de ayudas en hipotecas para discapacitados. En cambio, cuando no se trata de compra de vivienda sino de alquiler, el Plan Estatal de Vivienda 2022 – 2025 sí prevé determinadas ayudas para personas con discapacidad.
Estas ayudas consisten en la cobertura del 50% de la cuota mensual del alquilerpara alquileres de hasta 600 euros mensuales (o 300 si lo que se alquila es solo una habitación en una vivienda compartida). En algunos casos, el importe puede ser de hasta 900 euros.
De nuevo, existen algunos requisitos para poder acceder a estas ayudas:
- La persona con discapacidad no debe tener parentesco (hasta segundo grado) con el arrendador.
- La vivienda o habitación alquilada debe ser la vivienda habitual.
- La unidad de convivencia no debe superar una renta de 3 veces el IPREM (Indicador Público de Rentas Múltiples), o máximo 4 veces el IPREM si es familia numerosa.
- La persona con discapacidad no debe tener un patrimonio superior a 200.000 euros.
- Tampoco debe tener ninguna vivienda en propiedad.
- El precio del alquiler deberá ser máximo 9,5 euros por metro cuadrado.
En España, la realidad es que, aunque no existen ayudas directas para acceder a hipotecas destinadas a personas con discapacidad, sí hay un entramado de beneficios fiscales y reducciones. La deducción del 5% para personas con discapacidad que cumplen los requisitos, o la posibilidad de pagar un tipo reducido del 3,5% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, son ejemplos claros.
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